Mucho que aclarar

Diario Financiero

Rechazado el sexto retiro desde las AFP, pocos reparan en que la ley corta de Isapres se ha vendido a los afiliados como un séptimo retiro, ya no desde las AFP sino desde las Isapres. Sus efectos serían más graves que todos los retiros anteriores, como explicaremos.

Después que el TC cuestionó la constitucionalidad de las tablas de factores de las Isapres, el Congreso no modificó la ley y éstas se siguieron aplicando por instrucciones de la Superintendencia. Ello motivó miles de recursos judiciales de los afiliados que fueron fallados mayoritariamente en favor de ellos. La tercera sala de la Corte Suprema confirmó parte de estos fallos iniciando un camino peligroso. El año 2022, en dos fallos, dio un paso que nunca debió dar al desconocer el artículo tercero del Código Civil sobre relatividad de las sentencias, sugiriendo que éstas eran aplicables a afiliados que no eran parte de los juicios. Así, el poder judicial tomaría atribuciones legislativas que no tiene, agravando un problema que hoy es de tal magnitud que, según Carlos Peña, el pleno de la Corte Suprema debiera declarar la vigencia del artículo tercero del código civil. Similar fue la opinión que expresó la ministra Ángela Vivanco al conocer las consecuencias de los fallos, aunque debió aclarar que lo suyo fue una opinión y no una atribución luego de los ataques que recibió desde el oficialismo.

Pero hay un actor que ha jugado un rol clave en el agravamiento del problema: el Gobierno del Presidente Boric. La Corte Suprema dio un plazo de seis meses a la Superintendencia de Salud para instruir a las Isapres el cumplimiento de sus fallos, pero el superintendente Víctor Torres no realizó esa tarea y, lo que es peor, deslizó una cifra de 1.400 millones de dólares que debían devolver las Isapres a sus afiliados por cobros excesivos e incluso montos a recibir por cada afiliado. La corte no definió un monto de cobros en exceso, dijo que no era posible por la vía del fallo determinar la existencia de eventuales cantidades a devolver y mandató al órgano fiscalizador determinar su monto y diseñar la forma de devolución, en caso de corresponder.

O sea, los ministros no conocían la magnitud del problema al fallar (es la razón para que las sentencias tengan efecto relativo afectando solamente a las partes; el Poder Judicial no está llamado a elaborar políticas públicas). El superintendente al dar esa cifra decreta la muerte del sistema Isapre y sus más de tres millones de afiliados quedan desvalidos, pues Fonasa no podrá atenderlos sin colapsar más de lo que ya está el sistema público de salud. El patrimonio de las Isapres, cerca de un tercio de los 1.400 millones, no alcanza para las devoluciones y colateralmente se afectaría a clínicas privadas acreedoras: el séptimo retiro que esperan los afiliados sería entonces una estafa serial del Estado.

El proyecto de ley corta del Ministerio de Salud además reduce en 8% los ingresos futuros de las Isapres, siendo las utilidades promedio de éstas entre 2012 y 2019 de 1,4% de los ingresos. El objetivo del proyecto, como comprende cualquiera que sabe sumar, más que cumplir un fallo es quebrar el sistema de Isapres para llevar a todos al seguro público. Y lo hace con mano mora: la Corte Suprema acaba de decir que no hay nada que aclarar.

 

Columna de Luis Larraín, Presidente del Consejo, publicada en el Diario Financiero.- 

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