TRADICIÓN Y RUPTURA CONSTITUCIONAL

Voces La Tercera

A CONTINUACIÓN, REPRODUCIMOS LA COLUMNA DE JOSÉ FRANCISCO GARCÍA, COORDINADOR DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE LYD, PUBLICADA EN VOCES DE LA TERCERA.

Tradición y ruptura son dos conceptos relevantes, decisivos, no sólo en la obra literaria de Octavio Paz , sino en su producción intelectual (i.e., “ La tradición de la ruptura ”, Los hijos del limo, Obras Completas I, Fondo de Cultura Económica). Y si bien la interpretación sobre esta dialéctica desarrollada por Paz ha generado páginas y páginas de análisis, la idea central, en lo que nos interesa, podría resumirse de la siguiente manera: una sociedad, su cultura, evoluciona al compás del movimiento entre estos dos conceptos; tradición y ruptura. Así, la generación nueva, admiradora de la anterior, rompe con ella, para reafirmar su existencia, pero sobre el camino recorrido.

Paz nos entrega algunas luces respecto del debate constitucional actual en nuestro país; cómo pensarlo a partir de estos conceptos; tradición y ruptura. Hoy encontramos en nuestro país posiciones maximalistas: algunos buscan mantener el completo statu quo, otros, la ruptura total.

He defendido en este espacio una aproximación intermedia a ambos maximalismos; un enfoque minimalista respecto del sentido (y contenido) de la Constitución, e incrementalista respecto del proceso de cambio constitucional –conceptos que desarrollo largamente en un artículo académico que será próximamente publicado en la Revista Chilena de Derecho– . Ambas son formas de minimalismo constitucional –sustantivo en el primer caso; formal en el segundo–.

¿Qué elementos componen una mirada minimalista a la Constitución, su sentido, su contenido? Se trata de una aproximación modesta que descansa en nociones pragmáticas acerca del sentido profundo de la Constitución como pacto social, pero entendiendo las limitaciones de dicha empresa. En este sentido, la carta fundamental no busca ni pretende zanjar las controversias sociales fundamentales, a pesar de lo cual, no evade éstas y elabora estrategias para abordarlas y encaminarlas –muchas veces recogiendo principios que pudieran ser contradictorios–.

Tampoco es la Constitución un proyecto acabado, un estado o etapa final, sino una actividad. Es un proceso político continuo, al que concurren diversas generaciones a su construcción. En este sentido, cada generación contribuye con elementos propios en la construcción de la Constitución, aportando a la tradición constitucional chilena que lleva más de dos siglos. Su contenido está marcado por arreglos institucionales predominantemente orgánicos y procedimentales, los cuales por sí mismos, no solamente son habilitantes para la actuación de los órganos públicos, sino que, e igualmente importante, los limitan, garantizando los derechos y libertades individuales. Lo anterior no obsta a reconocer explícitamente derechos civiles y políticos básicos, pero no parece sensato tener la misma regla respecto de los derechos económicos y sociales, los cuales, deben quedar entregados al proceso político. Lo anterior es especialmente relevante a la hora de pensar el rol de la revisión judicial –control de constitucionalidad de la ley– en particular y el rol de los jueces en general; el minimalismo judicial aconseja a éstos ser extraordinariamente deferentes con el proceso político y evitar transformar la judicatura en el foro donde se resuelven las controversias fundamentales que separan a los ciudadanos.Para ello está el foro democrático.

Esta mirada minimalista, desde una perspectiva sustantiva, tiene también un correlato en cuanto a las formas, particularmente respecto a la manera de entender el cambio constitucional. A eso llamo incrementalismo. Una mirada incrementalista respecto del cambio constitucional, descansa en un cierto espíritu burkeano que privilegia el gradualismo, y una cierta actitud escéptica no sólo frente al cambio radical, sino a su promoción desde una perspectiva puramente abstracta y teórica, desatendiendo los elementos particulares presentes en una determinada sociedad y a la luz de una tradición –instituciones, prácticas, etc. – que ha evolucionado sobre la base del aporte y experiencia de múltiples generaciones. Obviamente una versión moderna del minimalismo, rescatando la actitud burkeana, debe ser crítica y rigurosa a la hora de examinar las tradiciones (y sus concreciones en cuanto arreglo constitucional), modificándolas o reemplazándolas cuando corresponda.

Asimismo, el que la Constitución no sea un proyecto acabado, un estado final, sino, por el contrario, una actividad, implica que ésta esté de manera permanente abierta a la renegociación constitucional, siendo entonces el proceso constituyente uno continuo y contingente. Para ello es relevante minimizar la distinción entre política constitucional (la idea de que es sólo en determinados y específicos momentos constitucionales, cada ciertos intervalos fijos o periodos de discusión constitucional que se discuten y acuerdan los cambios constitucionales) y política ordinaria en el Congreso. También preocupa al minimalismo los costos del cambio, especialmente cuando es radical y, por tanto, irreversible. Ello es particularmente relevante a la hora de discutir el cambio constitucional, donde los requerimientos de super mayorías hacen particularmente costoso deshacer los cambios que han resultado fallidos. Finalmente, una aproximación como la expuesta, recalca la particular solemnidad de la reforma constitucional.

Una mirada como la propuesta, que apuesta a la evolución constitucional, construyendo sobre la base existente pero con un examen crítico sobre los arreglos existentes y la intención firme de reformar y perfeccionar cuanto sea deficitario, me parece un camino sensato en momentos en que las opciones maximalistas parecen ser las únicas alternativas sobre la mesa.

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